REGISTRO JORNADA OBLIGATORIO
Desde el 12 de Mayo de 2019 es obligatorio para las empresas el registro diario de la jornada de los trabajadores por cuenta ajena. Esta obligación afecta a todas las empresas con independencia del número de trabajadores y de si su jornada es parcial o a tiempo completo.
Además, las empresas deberán entregar a sus trabajadores, junto a la nómina, un resumen mensual de tales registros.
El registro horario deberá conservarse por la empresa durante cuatro años, periodo en el cual podrá ser pedido por la Inspección de Trabajo.
El incumplimiento de esta polémica obligación conllevaría sanciones de entre 626,00 a 6.250,00 Euros
Pongo a vuestra disposición en la sección de utilidades de esta web, unas plantillas para Registro Horario de Tiempo completo y de Jornada Parcial.